Las ejecuciones administrativas de créditos contra la masa que venían iniciando las Administraciones Públicas tras la declaración de concurso se paralizan por el Tribunal Supremo por interpretación sistemática de la Ley Concursal.
Se trata de la Sentencia de 12 de Diciembre de 2014 por la que el TS, confirmando la sentencia de instancia, acuerda el levantamiento de embargos trabados en ejecución de créditos contra la masa. Esta resolución se ha dictado en relación al concurso de “Astilleros de Sevilla”, en el que la TGSS, una vez aprobado el plan de liquidación, inició el embargo de varios activos por valor de 1,7 millones de euros, correspondiente con el importe de créditos contra la masa devengados a su favor.