Continuamos con la segunda parte del post dedicado a la tarea del Administrador Concursal de verificar la posibilidad de anulación o rescisión de actos del deudor que cumplan determinados requisitos mediante el ejercicio de una acción de reintegración.
Si con anterioridad detallábamos la necesidad de verificar la oportunidad del ejercicio de la acción, en esta ocasión nos centramos en la viabilidad de la misma y la realización de un plan de viabilidad por el Administrador Concursal.