La Audiencia Provincial de Vizcaya ha revocado la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao en relación a los contratos de compra de aportaciones de Eroski.
La Sentencia del Juzgado Mercantil nº 1 de Bilbao de 27 de enero de 2014, estimaba una demanda interpuesta por “Adicae” y 71 particulares que adquirieron aportaciones financieras subordinadas de EROSKI, a través de la que se ejercitaba 1) acciones individuales de nulidad contractual frente al “BBVA” por vicio del consentimiento, y subsidiaria de indemnización de daños y perjuicios; y 2) acciones colectiva e individuales de nulidad de condiciones generales de la contratación abusivas.
La Audiencia Provincial sin embargo, en virtud de Sentencia de 22 de mayo de 2015, declara en primer lugar la nulidad de todo lo actuado, señala la imposibilidad de acumulación de las acciones ejercitadas, pero además, se pronuncia sobre el contenido de la Sentencia y la congruencia o no de la misma.