Nueva limitación a la administración concursal mediante el establecimiento de un tope en los honorarios de los concursos de acreedores.
El Ministerio de Economía ha propuesto mediante la introducción de diferentes enmiendas en el Proyecto de Ley de Segunda Oportunidad la fijación de un tope de la retribución de los administradores concursales, tal y como han publicado diversos medios de comunicación.
Recordemos que este Proyecto de Ley regula un procedimiento concursal para personas físicas insolventes de buena fe, que podrán optar a renegociar su deuda y, en caso de no poder afrontarla, pasar a la liquidación de sus bienes mediante un plan de pagos que podrá culminar, si el juez lo acepta, en la exoneración de la deuda pendiente.